Desde Fomento de la vida-FOVIDA, suscribimos el pronunciamiento realizado por la Plataforma Perú libre de Transgénicos que exige la ampliación, por 30 días, de la consulta pública sobre el Reglamento de la Ley N° 31111 sobre la moratoria de transgénicos, puesto que no corresponde con los plazos y procedimientos participativos empleados para otros reglamentos de carácter nacional en el sector ambiental. ¡Protejamos nuestra biodiversidad nacional!

Lee el pronunciamiento aquí: https://fovida.org.pe/wp-content/uploads/2021/02/PRONUNCIAMIENTO-PLATAFORMA-PERU-LIBRE-DE-TRANSGENICOS-PRONUNCIAMIENTO-REGLAMENTO-22-02-21.pdf 

PRONUNCIAMIENTO

Plataforma Perú Libre de Transgénicos

Promulgar la ampliación de la Ley de moratoria de transgénicos al 2035 (LEY N° 31111) ha sido una decisión política trascendental del Estado Peruano para conservar y promover el uso sostenido de nuestra biodiversidad. Para lograr dicho objetivo, se generó un amplio debate nacional entre todos los actores involucrados, dándole así un respaldo social a la presente ley. Por ello, su reglamentación debe responder concretamente a los intereses nacionales y su proceso de elaboración y aprobación debe ser participativo e inclusivo a nivel regional y nacional, y darse en el marco del mandato de la Ley que solo propone su adecuación.

El plazo otorgado por la autoridad competente encargada de implementar la ley es insuficiente para recoger las sugerencias o cambios al proyecto de reglamento publicado. No se corresponde con los plazos y procedimientos participativos empleados para otros reglamentos de carácter nacional en el sector ambiental. Asignar solo 10 días útiles para realizar con seriedad un análisis a profundidad de sus alcances y contenidos, no es posible, en especial en un proyecto de reglamento de una ley que solo solicitaba adecuar la ley actual al nuevo plazo de la moratoria. Por el contrario, el proyecto de reglamento propone modificaciones sustanciales y controversiales opuestos a los contenidos de la ley aprobada, bajo una exposición de motivos que tiene aspectos cuestionables que deben ser analizados, discutidos y aclarados, tales como:

  • Cambios en la representación de la Comisión Multisectorial de Asesoramiento (CMA), adscrita al Ministerio del Ambiente, que tiene por finalidad el desarrollo de las capacidades e instrumentos que permitan una adecuada gestión de la biotecnología moderna, la bioseguridad y la bioética, incorporando a esta Comisión de forma poco transparente y unilateral a representantes de las corporaciones de semillas favorables a la importación de OVM y provocando un conflicto de intereses que pone en peligro el objetivo de la CMA .
  • Cambio en el concepto de espacio confinado con fines de investigación en OVM, introduciendo el término de campos experimentales, lo que representa un serio riesgo de liberación accidental al ambiente de los potenciales OVM que puedan ser investigados
  • Asignar solo a MINAM como Autoridad Nacional Competente en el ámbito de la Ley N° 29811 con la facultad de establecer la condición de OVM a los a productos u organismos desarrollados a partir de nuevas tecnologías de modificación genética, lo que representa un riesgo de introducción de otras formas de OVM que pueden afectar nuestra biodiversidad4 y causar rechazo a las exportaciones peruanas a otros países ante el riesgo de contaminación genética.

Así como los puntos críticos indicados, puede haber otros que requieran de más tiempo para un análisis más acucioso y un mayor esclarecimiento político y técnico, lo que requiere realizar consultas públicas a nivel regional y nacional con los actores claves directamente involucrados con la conservación y el uso sostenible de nuestra biodiversidad. Por todo ello, demandamos:

  • Ampliar la consulta pública al reglamento de la Ley N° 31111 por 30 días útiles, para garantizar un amplio debate nacional y regional donde participen los actores claves vinculados con los objetivos de la ley de ampliación de la moratoria.
  • Rechazar la incorporación ante la Comisión Multisectorial de Asesoramiento (CMA) a representantes de las corporaciones de importadores de semillas haciéndoles juez y parte y vulnerando el objetivo de la CMA y el espíritu de una ley que amplía la moratoria a la liberación de OVM hasta el 2035.
  • Efectuar un informe balance de lo actuado hasta el 2021en el marco de la implementación de la Ley N° 29811 donde se precise las acciones pendientes que deben ser parte sustancial del presente reglamente de la Ley de ampliación de la moratoria.

Suscriben:

  • Red de Agricultura Ecológica del Perú – RAE PERÚ
  • Red de Acción en Agricultura Alternativa – RAAA
  • Consorcio Agroecológico Peruano – CAP
  • CONVEAGRO Asociación Peruana para la Conservación de la Naturaleza – APECO
  • Centro Bartolomé de las Casas – CBC
  • Centro de Investigación y Promoción del Campesinado – CIPCA – Piura
  • Red Ambiental Peruana Alsakuy Agroecológica
  • Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente – IDMA
  • Centro IDEAS
  • ECOSAD
  • Nuttrieducate Perú
  • Oxfam
  • Slow Food Perú
  • Asociación ANDES de Cusco
  • Asociación de Comunidades del Parque de la Papa
  • TierraActiva Perú
  • Caritas Madre de Dios
  • Huampaní Chacra Orgánica
  • Asociación de Mujeres Empresarias de Madre de Dios – AMEMAD
  • Huñuq Mayu Tambopata Tropical Flowers
  • Asociación ETC (editores y productores de LEISA)
  • Fomento de la Vida – FOVIDA
  • Sumak Kaway
  • Asociación SICRA SESVI
  • Fundo Chumbe Autosostenible Huarochirí
  • Red de Biomercados del Perú
  • IFOAM Organics International
  • IFOAM América Latina
  • Red Peruana de Comercio Justo y Consumo