El 14 de abril, la organización de la sociedad Civil, Fomento de la Vida (FOVIDA) solicitó formalmente que la Junta de Fiscales Supremos declare fundado el recurso de reconsideración presentado contra la Resolución N° 012-2026-MP-FN-JFS, que designa al nuevo Fiscal de la Nación titular, por haber sido emitida vulnerando principios constitucionales y requisitos esenciales del acto administrativo.
Este pedido, al que públicamente nos adherimos en defensa del interés público y la legalidad, es sustentado en nueva prueba que acredita la participación y votación ilegal de la Sra. Patricia Benavides Vargas, quien sigue ejerciendo el cargo de Fiscal Suprema pese a encontrarse suspendida en el ejercicio profesional del derecho por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima, desde el 27 de enero del 2026. Es decir, desde hace tres (03) meses.
El plazo para que este pedido de reconsideración tenga respuesta es el 27 de mayo (30 días hábiles desde la presentación), fecha en la que la Sra. Benavides estaría ejerciendo ilegalmente el cargo de fiscal suprema durante 04 meses.
Graves irregularidades en la elección
- La abogada Patricia Benavides Vargas se encuentra actualmente suspendida en el ejercicio de la profesión por seis (06) meses, conforme a resolución del Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima vigente al momento de la elección del Fiscal de la Nación.
- Pese a ello, participó y votó en la sesión de la Junta de Fiscales Supremos que eligió al Fiscal de la Nación titular, afectando el quórum y la validez de la decisión adoptada.
- La Ley de la Carrera Fiscal (N° 30483), exige de manera expresa que todo fiscal debe encontrarse habilitado en el ejercicio profesional, requisito indispensable para permanecer en la carrera fiscal, situación que en el caso de la Sra. Patricia Benavides no se cumple.
Vulneración del ordenamiento jurídico
La resolución impugnada incurre en vicios insubsanables que determinan su nulidad:
- Falta de competencia válida del órgano colegiado, al haberse conformado con un miembro impedido legalmente para participar y votar en la Junta de Fiscales Supremos.
- Objeto ilícito del acto administrativo, al contravenir la Constitución y la Ley de la Carrera Fiscal.
- Ausencia de motivación, al no haberse justificado la participación de una funcionaria suspendida de ejercer la profesión de abogada.
- Quiebre del procedimiento regular, afectando la legitimidad de la elección.
Estos hechos comprometen gravemente principios fundamentales como la legalidad, la autonomía del Ministerio Público y la lucha contra la corrupción.
Defensa del interés público y la institucionalidad
La elección del Fiscal de la Nación titular no es un acto aislado, sino una decisión que impacta directamente en el sistema de justicia y en la confianza ciudadana. Permitir que una designación se sostenga sobre un procedimiento viciado debilita gravemente el Estado de Derecho y la institucionalidad democrática.
Por ello, nos sumamos a la exigencia de que la Junta de Fiscales Supremos, en cumplimiento de sus funciones constitucionales:
- Reconsidere su decisión, evaluando la nueva prueba presentada y que no ha sido tomada en cuenta por la Junta de Fiscales Supremos al momento de elegir al nuevo Fiscal de la Nación, que es la suspensión de la Sra. Patricia Benavides para ejercer la profesión de abogada, por lo que, no puede seguir realizando actos como Fiscal Suprema.
- Declare la NULIDAD de la Resolución N° 012-2026-MP-FN-JFS, que eligió al nuevo Fiscal de la Nación titular en un procedimiento completamente viciado.
- Garantice un proceso de elección transparente, legal y legítimo.
El país demanda autoridades elegidas conforme a la Constitución y la ley.
El Ministerio Público debe ser el guardián de la legalidad.
Sin legalidad, no puede haber justicia.
COORDINADORA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (CNDDHH)
GRUPO DE TRABAJO CONTRA LA CORRUPCIÓN (GTCC)